EL SAT BUSCA AHORA REGULARIZAR A TIANGUIS Y MERCADOS PARA REDUCIR INFORMALIDAD LABORAL

EL SAT BUSCA AHORA REGULARIZAR A TIANGUIS Y MERCADOS PARA REDUCIR INFORMALIDAD LABORAL

 

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio (Concanaco) visitarán mercados y tianguis para presentar a los comerciantes las ventajas del régimen formal.

 

Héctor Tejada, presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco-Servytur) dijo a Milenio que esta estrategia busca aumentar la base de contribuyentes. 

 

“Debemos incentivar aún más la formalidad, como la única vía de crecimiento de México. No podemos permitir que sean sólo unos pocos mexicanos los que sustenten el sistema tributario de nuestro país”, sostuvo.

 

Informalidad: una realidad que crece

 

Según los datos trimestrales del INEGI, la tasa de informalidad laboral que se alcanzó en junio fue de 55.8% sobre la población ocupada, lo que representó 0.5 puntos porcentuales mayor a la del mismo periodo de 2021. Lo anterior significa que casi 56 de cada 100 personas ocupadas trabajan en la informalidad.

 

Por ello, la semana pasada, la Concanaco, informó que junto con el SAT buscarán persuadir en los tianguis a todas las personas para que se sumen a la formalidad en el Régimen Simplificado de Confianza, enfocado especialmente a las pequeñas y medianas empresas.

 

¿Qué es el Régimen Simplificado de Confianza?

 

El 27 de diciembre del 2021 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, en la cual se establecen los cambios fiscales aplicables para este año. Entre los más relevantes están la creación de este nuevo régimen fiscal, denominado Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

 

El Régimen Simplificado de Confianza se creó para que “el pago del impuesto sobre la renta (ISR) se realice de forma sencilla, rápida y eficaz” según la página del SAT. 

 

El objetivo de este nuevo esquema es la reducción de las tasas de ISR para que las personas que tengan menores ingresos, paguen menos.

 

¿Cómo funciona?

 

Las Personas Físicas que estén bajo este régimen tienen que presentar declaraciones de manera mensual a más tardar el día 17 del mes inmediato y deberá presentar la declaración anual más tardar el mes de abril del año siguiente al que corresponda la declaración.

 

Los contribuyentes determinarán los pagos mensuales considerando el total de los ingresos que perciban de acuerdo con la siguiente tabla:

 

 

Otro factor importante es que los contribuyentes que exclusivamente obtengan ingresos por la actividades agrícolas, ganaderas y silvícolas o pesqueras estarán exentos del pago del impuesto de ISR siempre y cuando sus ingresos sean hasta $900,000 anuales en el año. 

 

En caso de que excedan esos $900,000.00 deberán de pagar el ISR en el mes de que esto suceda por la totalidad de los ingresos que excedan la cantidad antes mencionada y la cual esté amparada por CFDI efectivamente cobrados.

 

Este régimen está dirigido a:

  1. Actividades empresariales y profesionales
  2. Régimen de Incorporación Fiscal
  3. Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento)
  4. Actividades Agrícolas, Ganaderas, Pesqueras o Silvícolas

 

Atracción a la formalidad

 

El plan de la Concanaco y del SAT es comenzar a hacer visitas a tianguis y mercados para “promover” este Régimen Fiscal. No obstante, estas “visitas” pueden convertirse en inspecciones para verificar si las personas que trabajan en estos lugares cumplen con sus obligaciones fiscales.

 

Según el artículo 27 del Código Fiscal, el SAT tiene la facultad de verificar y sancionar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

 

¿Pueden aplicar sanciones?

 

Si, el SAT tiene la facultad de inspeccionar que cualquier persona física que perciba ingresos esté inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y pague impuestos.

 

Las sanciones por evadir impuestos van de los 3,870 a los 11,600 pesos y esta multa es ineludible, por lo cual una persona no registrada en el RFC no puede intentar evitarla con el compromiso de darse de alta.

 

El SAT está actuando dentro del marco de la ley si se presenta en domicilios fiscales, establecimientos, puestos fijos y semifijos en la vía pública, siempre que se encuentren abiertos al público en general, donde se realicen enajenaciones, presten servicios o contraten el uso o goce temporal de bienes.

 

Nuevos contribuyentes: un reto para el SAT

 

Este cambio no sólo es complejo para las personas en la informalidad, también va a significar un reto para el SAT por la falta de citas para los trámites y la reanudación de actividades. 

 

Como mencionamos en esta nota, desde la pandemia de la COVID-19 conseguir una cita en la página web es mucho más complicado que antes. Por ello, coyotes ofrecen servicios para cualquier trámite relacionado con el Servicio de Administración Tributaria, desde actas de nacimiento, inscripciones, altas y bajas del sistema, tramitar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y citas para cualquier proceso administrativo.

 

Además, según el anunció publicado en el DOF, para poder pertenecer al Régimen Simplificado de Confianza las Personas Físicas tenían que presentar un aviso “a más tardar el 31 de enero del 2022, mediante la ficha de trámite 39/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas”. Lo cual vuelve aún más confuso el trámite para los nuevos contribuyentes. ¿Lograrán el SAT y la Concanaco convencer a los tianguistas?

 

Fuente: cuestione.com |Sección nacional del 9 de agosto de 2022

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